Código de Procedimientos Civiles Artículo 2.111 Estado de México
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/03/2024
Admitida la demanda se correrá traslado de ella a la parte demandada, emplazándola para que la conteste dentro del plazo de nueve días.
Estado de México Artículo 2.111 Código de Procedimientos Civiles
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Los nuevos comentarios en el sitio web
11/03/24 20:09:23
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
10/03/24 10:09:36
No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
08/03/24 00:15:22
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
28/01/24 10:51:58
Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??
25/01/24 11:57:17
No manda a tu hijo solo y que te cuente que le dijeron
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