Si ya solicitaste la nacionalidad española o estás por hacerlo, es muy probable que te preguntes en cuánto tiempo tendrás tu resolución. Y si aún no conoces bien el proceso de solicitud de nacionalidad quédate, porque te lo explicamos todo aquí.
Ya debes saber que al ser residente en España puedes optar a la nacionalidad española, aunque es un proceso que puede demorar algunos meses aquí te explicamos el por qué y todo lo que va sucediendo a lo largo del proceso.
Una vez se introduce el expediente (debes cumplir con los requisitos exigidos), va pasando por distintas fases hasta llegar a la resolución, así que para no hacerte esperar más, vamos al grano y te explicaremos cada una de las fases por la que pasará tu expediente hasta obtener la resolución de nacionalidad y cuánto tiempo debes esperar para oficialmente tener tu DNI en mano y ser tan español como Julio Iglesias o Rafa Nadal.
📝 Quiénes pueden solicitar la nacionalidad
Los extranjeros residentes en España pueden optar a la nacionalidad española luego de residir durante 10 años en el país. Sin embargo este tiempo puede reducirse a:
- 5 años: Aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado.
- 2 años: Para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
- 1 año: Nacido en territorio español, cónyuge de un ciudadano español, viudo o viuda de española o español, el nacido fuera de España de padre o madre, (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.
Puedes ver los requisitos para optar a la nacionalidad en nuestra guía de nacionalidad española por residencia actualizada al 2022:
Nacionalidad española 🇪🇸 por residencia [Guía actualizada 2022]
La estancia como estudiante o solicitante de asilo (si este es denegado) no computa para la nacionalidad.
🖥 Cómo solicitar la nacionalidad española por residencia
Luego de cumplir el tiempo que te corresponde como vimos anteriormente, podrás presentar tu expediente a través de alguna de estas vías:
🧑💼 De forma presencial en el propio registro del Ministerio de Interior y Justicia
🧑💻 De forma telemática a través de tu Certificado Digital (Plataforma Enares)
🧑⚖️ De forma telemática a través del Certificado Digital de un Abogado o Gestor (Plataforma ICAM)
Si te gustaría conocer la diferencia entre cada una de ellas, puedes consultarlo en este artículo de nuestro blog sobre las vías de presentación de nacionalidad.
Vías para presentar la nacionalidad española ¿Es ICAM la mejor? 🤔
📲 Cómo hacer seguimiento de tu expediente
Una vez realizada la solicitud de nacionalidad a lo largo del proceso podrás consultar de forma online el estado de tu expediente:
- Ingresa en la web de como va lo mío
- Ingresa tus datos
- Podrás ver en qué estado o fase se encuentra tu solicitud
🗂 Qué significa cada fase
Ahora bien, ¿Qué quiere decir cada una de las fases de nacionalidad española? si tu expediente fue presentado de forma telemática, al consultar el status del mismo podrá encontrarte con:
➡️ Abierto – registrado:
Si se realizó la presentación de forma telemática esto quiere decir que el expediente se ha registrado correctamente.
➡️ Abierto – en tramitación:
Una vez se ha registrado el expediente la siguiente fase nos indica que la documentación ha sido recibida exitosamente y oficialmente se empieza el trámite de tu solicitud
➡️ Pendiente de solicitud de informes preceptivos:
Además de la documentación que adjuntamos para iniciar el proceso, en este punto la administración solicita informes internamente a otros organismo como los antecedentes en España, verificar tu periodo de residencia, entre otros.
➡️ Pendiente respuesta de informes preceptivos:
Una vez solicitados los informes, esta fase significa que la administración se encuentra a la espera de recibirlos para poder evaluarlos. Ten en cuenta que este tiempo dependerá totalmente de cuánto tarde cada organismo en responder y enviar los informes solicitados.
➡️ En estudio o en calificación:
Al recibir los informes tu expediente cambiará a este estado, aquí el funcionario evaluará toda la documentación para posteriormente emitir una resolución.
➡️ Abierto – concedido:
Es cuando, finalmente recibes la resolución favorable, en esta fase debes estar lo más atento posible a las notificaciones ya que recibirás la concesión de nacionalidad en cualquier momento.
Sin embargo, existen casos o expedientes que pasan por algunas de estas otras fases (esto evidentemente agrega más tiempo a tu solicitud de nacionalidad)
➡️ Requerido:
En esta fase por alguna razón nos han hecho un requerimiento, lo ideal es que sea atendido cuanto antes, ya que dispones sólo de 3 meses para aportar el mismo.
➡️ Expediente archivado:
Este estado normalmente es el resultado de no cumplir con el punto anterior, por lo que, es muy probable que si nos han archivado el expediente sea porque no se ha respondido un requerimiento en el plazo establecido.
➡️ Nacionalidad denegada:
Este es el estado que no queremos tener, se trata de que la resolución ha sido negativa (nacionalidad denegada), sin embargo, y en función de la razón por la que se ha tomado esta decisión se podrá recurrir o bien presentar nuevamente el expediente.
Nacionalidad Española denegada: 7 causas comunes y posibles soluciones
En ocasiones es común que, aún y cuando nuestro expediente se encuentre en calificación, vuelva a la fase de informes preceptivos, aunque muchos puedan sentir pánico en este punto lo primero que debes hacer es mantener la calma.
Que tu expediente se actualice significa que están trabajando en él e incluso podría pasar a la fase de concedido automáticamente. Es decir, porque cambie de fase a una anterior no significa literalmente que esté retrocediendo.
No olvides que también puede deberse a un fallo en el sistema, como ha ocurrido en oportunidades anteriores con la plataforma como va lo mío.
Es importante que al solicitar la nacionalidad adjuntes los documentos de la mejor manera posible, esto garantizará que el funcionario que se encuentre revisando tu expediente del otro lado de la pantalla pueda revisarlo de forma rápida y sencilla.
Prepara correctamente tus documentos para presentaciones telemáticas [Guía práctica]
⌛️ Cuánto tarda la solicitud de nacionalidad
Finalmente llegamos a la pregunta más repetida sobre el trámite de nacionalidad, en cuánto tiempo tendré mi resolución.
A diferencia de extranjería, que cuenta con 90 días para resolver las residencias, el Ministerio de Justicia no específica un tiempo determinado para las resoluciones de nacionalidad, por lo que dar una respuesta concreta en relación al tiempo sería mentir.
Aunque para el proceso de nacionalidad española de forma telemática se estiman tiempos de 12 meses, la realidad en la mayoría de los casos es otra.
Según nuestra experiencia, el promedio de resolución oscila el año y medio, aunque hemos tenido resoluciones hasta en 8 meses.
🚀 ¿Puedo agilizar mi solicitud de nacionalidad española?
Seguro has escuchado sobre el famoso recurso contencioso-administrativo. Se trata de un proceso judicial para agilizar el expediente de nacionalidad española.
En pocas palabras es una demanda que se interpone ante la Administración del Estado, más concretamente al Ministerio de Justicia cuando el expediente de nacionalidad española tarda más de un año sin obtener resolución.
Es un proceso que requiere sí o sí de abogados y procuradores, por lo que nuestra recomendación es recurrir a él en casos específicos, como lo es que tu expediente tenga alrededor de un año en la fase de calificación, por ejemplo.
Pero si tu expediente acaba de cumplir un año y ha avanzado regularmente, en la medida de lo posible esperar un par de meses más sería lo mejor.
📇 Ya tengo la resolución, ¿Ahora qué?
Si ya estás en este punto, felicidades, estás a pocos pasos de ser oficialmente ciudadano español. Así que una vez obtengas la resolución favorable debes concretar cita para la jura de nacionalidad, y podrá ser:
– a través del Registro Civil de tu domicilio
– a través de notarías, si te encuentras en Madrid podemos acompañarte en el proceso
– a través del consulado española
y una vez obtengas tu literal de nacimiento solo deberás acudir a la policía para la expedición de tu DNI y pasaporte español.
Esto ha sido todo por hoy 🙂
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Sobre el autor: Daniela Páez
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