Si me tengo que quedar más tiempo y mi visa se expira ¿Qué hacer? - Somos Inmigrantes (2024)

Vamos a responder las preguntas más frecuentes que nos están haciendo en nuestras redes sociales en estos días.

Miles de extranjeros que ingresaron al país antes de la pandemia se quedaron atrapados por el cierre de fronteras y la cancelación de vuelos. A unos se les vence el permiso de estadía y a otros la visa. Te decimos qué hacer.

Univisiónhabló con el servicio de inmigración, el Departamento de Estado y abogados de inmigración para que nos indicara qué pasos deben seguir. Estas son las respuestas:

1. Renovar la visa

El Departamento de Estado (DOS) respondió si las personas que están varadas en Estados Unidos pueden renovar sus visas y cómo.

El escenario causado por la pandemia es inédito, por tanto, no hay una política escrita al respecto. El ministerio remite a quienes tengan este problema que vayan a la página digital de la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS) y que sigan las recomendaciones entregadas por la agencia federal.

Desde el 20 de marzo, debido a la crisis de salud pública mundial causada por la propagación del coronavirus, los consulados y embajadas cancelaron temporalmente la totalidad de trámites de visas, excepto en caso de emergencia.

Y la semana pasada el presidente Donald Trump firmó una nueva orden migratoria que suspendepor 60 días la inmigraciónal país debido a la pandemia del covid-19, pero esta proclamación solo aplica para algunos trámites de green card o residencia.

2. Tiempo de Estadía

USCIS dice en su página digital que “por lo general, los no inmigrantes (en este caso los turistas que entraron con una visa tipo B-2 o bajo el Programa de Visa Waiver -VWP-) deben salir de Estados Unidos antes de que venza su período de admisión autorizado.

Sin embargo, señala, “reconocemos que los no inmigrantes pueden permanecer en Estados Unidos inesperadamente por encima de su período de admisión autorizado” y en ese caso “deben solicitar una extensión o cambio de estatus con antelación”.

3. Proceso Recomendado

El trámite de la extensión del tiempo de permanencia, que se hace por medio del Formulario I-539,es una gestión “que deben hacerla”.

El trámite debe pagarlo.La gestión le permite asegurar el trámite, así cuando se levante la cuarentena y pueda regresar a su país, tendrá chance de solicitar una extensión de visa sin problema”.

Si hace el trámite en tiempo, antes de que venza su estadía o la visa, “salva el estatus, aunque la visa se expire, pero siempre y cuando presente el formulario dentro de la fecha que debe hacerlo”; agregó.

Hernández dijo además que “en este caso la cuota hay que pagarla. Es parte de los daños colaterales que deja la pandemia del coronavirus”.

4. ¿Qué pasa con los mexicanos?

“En el caso de los extranjeros de otros países, no pueden viajar porque, o no hay vuelos o las fronteras de esas naciones se encuentran cerradas”, dijo Hernández.

Pero en el caso de los mexicanos a quienes les cancelaron los vuelos, en algunos casos las autoridades federales de Estados Unidos indican que “pueden hacerlo por tierra”, agregó.

Recomendó que los ciudadanos mexicanos a quienes les está a punto de caducar la estadía, que llamen a sus consulados para preguntar qué hacer y no afectar sus estadías en Estados Unidos.

5. ¿Cuándo se pide la prórroga?

“Si presenta la solicitud (de ampliación del plazo de estadía o cambio de estatus) de manera oportuna, por lo general los no inmigrantes no acumulan presencia ilegal mientras la solicitud está en trámite”, dice la USCIS. En caso de las visas de turista B1/B2 se recomienda hacerlo 45 días antes de que venza su fecha límite de estadía autorizada al ingreso de su visita.

6. ¿Qué sucede con los permisos de trabajo?

En los casos que corresponda, “se extenderá automáticamente la autorización de empleo con el mismo empleador, sujeta a los mismos términos y condiciones de la aprobación anterior hasta 240 días después del vencimiento del I-94, cuando se presente una petición de extensión de estadía a tiempo”, indica la USCIS.

7. ¿Qué pasa si lo hace tarde?

La USCIS dice que “podría excusar que un no inmigrante no presente una petición de extensión o cambio de estadía a tiempo si dicha demora fue por motivos de circunstancias extraordinarias”.

Entre las circunstancias extraordinarias se incluyen, por ejemplo, aquellas que fueron o puedan ser causadas por covid-19.

Agrega que la duración de la demora “debe ser acorde con las circunstancias” y que el peticionario o solicitante “debe presentar evidencia creíble para apoyar su petición”.

La agencia dijo que evaluará según cada caso individual”, y que dichas situaciones especiales “han sido utilizadas en varias ocasiones en el pasado, incluso durante desastres naturales y crisis similares”

8. ¿Cuándo podré renovar la visa?

“Cuando reabran los consulados y las embajadas de Estados Unidos”, dice José Guerrero, un abogado de Inmigración que ejerce en Miami, Florida.

“Si se vence la visa estando dentro de Estados Unidos, no hay nada que pueda hacer. Debe esperar. Una vez viaje a su país, preséntese al consulado americano y pida una nueva visa, y explique que se venció estando en el país varado por la pandemia”.

9. ¿Y si no renuevo la estadía?

Tendrá problemas”, advierte Guerrero. “Los extranjeros que entraron como turistas y se les acaba el tiempo autorizado de permanencia, tienen que someter una extensión de estadía antes de que se venza el permiso otorgado por el agente de la Oficina de Aduanas y Control Fronterizo (CBP) cuando llegó al país”, agregó.

“Si lo hizo en tiempo, está cubierto mientras se procesa y durante la extensión que le otorguen”, añadió.

A la pregunta sobre el cobro, Guerrero dijo que “lamentablemente tienen que pagar la cuota.Y si no tienen dinero y piden que los liberen del cobro, elgobierno puede interpretar que es una carga pública y le negará el proceso”.

10.¿Qué pasa con quienes entraron sin visa?

El pasado 20 de abril la CBP dijo que viajeros (turistas y en viaje de negocios) que entraron bajo el amparo del Programa de Visa Waiver (VWP) y se les acaba el plazo de 90 días de permanencia autorizada,recibirán una prórroga de 30 díascon solo una llamada telefónica.

“La extensión otorga flexibilidad a los viajeros del Programa que tienen dificultades para regresar a sus países debido a las restricciones de viaje relacionadas con el covid-19, cancelaciones de vuelos o enfermedades”, agregó la agencia.

Indicó, además, que “los viajeros a quienes se les conceda una salida satisfactoria tendrán 30 días adicionales para salir de Estados Unidos después de que concluya su período legal de admisión”

Nosotros estamos prestando asesoría gratuita a las personas que tengan dudas sobre sus procesos migratorios, puedes contactarnos https://somosinmigrantes.com/

Fuente:https://www.univision.com/noticias/inmigracion/que-pasa-si-me-quedo-mas-tiempo-y-mi-visa-se-expira-respondemos-tus-preguntas-de-inmigracion

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